Suprema Corte le comió el mandado a Menchaca con aprobación de cannabis


Sólo bastaba con que el Congreso de la Unión realizara las modificaciones correspondientes para aprobar el cannabis, sin embargo pasaron tres meses y no hicieron nada al respecto; ahora la SCJN tuvo que acceder para despenalizar el uso lúdico

Suprema Corte le comió el mandado a Menchaca con aprobación de cannabis


Política
Junio 29, 2021 14:54 hrs.
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Redacción › Emmanuel Ameth Noticias

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Después de que se venciera el plazo de 90 días para que el Congreso de la Unión diera visto bueno a la iniciativa presentada por el senador Julio Ramón Menchaca Salazar, para eliminar los cinco artículos que impiden que sea aprobado el cannabis, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tuvo que presionar, aprobando este lunes la Declaratoria General de Inconstitucionalidad (DGI) para invalidar los artículos de la Ley General de Salud que prohíben el consumo lúdico del cannabis y THC (en conjunto conocidos como marihuana).

Con ocho votos a favor de 11 ministras y ministros para realizar la invalidación de los artículos, la Corte nuevamente obliga al Congreso de la Unión a legislar para regular los usos de la marihuana.



Una vez modificado lo anterior, la legalización del consumo lúdico del cannabis deberá tardar una semana, de acuerdo con ’La Cofepris será la que emita las autorizaciones necesarias para el consumo y orden a la Secretaría de Salud a emitir lineamientos’

En un comunicado, recordó que en noviembre de 2015 la Primera Sala estableció que el modelo de prohibición absoluta entraña una restricción desproporcionada al derecho al libre desarrollo de la personalidad de los consumidores. Ello, al resolver un juicio de amparo en el que declaró la inconstitucionalidad del sistema de prohibiciones administrativas al consumo lúdico de marihuana previsto en la Ley General de Salud.

’Esta decisión fue reiterada en cuatro ocasiones sin ninguna decisión en contrario, por lo que, al conformarse jurisprudencia obligatoria, se dio inició al procedimiento de declaratoria general de inconstitucionalidad previsto en el artículo 107, fracción II, párrafo tercero, de la Constitución General, a fin de que el Congreso de la Unión hiciera las modificaciones correspondientes en un plazo de 90 días’.

No obstante, al haber transcurrido dicho plazo sin que el Congreso resolviera el problema de constitucionalidad, la Corte determinó que debían invalidarse con efectos generales los artículos 235, último párrafo y 247, último párrafo, de la Ley General de Salud, en las porciones que establecían que la Secretaría de Salud sólo podría autorizar la realización de actividades relacionadas con el autoconsumo del estupefaciente cannabis y el psicotrópico THC ’para fines médicos y científicos’.

Los artículos 235 (párrafo último), 237, 245 (fracción primera), 247 (párrafo último) y 248 de la Ley General de Salud prohíben todo acto relacionado con el cannabis, tales como la siembra, cultivo, cosecha, elaboración, preparación, acondicionamiento, adquisición, posesión, comercio, transporte en cualquier forma, prescripción médica, suministro, empleo, uso, consumo, etcétera..

De acuerdo con el máximo tribunal, esta declaratoria se remueve el obstáculo jurídico para que la Secretaría de Salud, a través del órgano competente, autorice las actividades relacionadas con el autoconsumo de cannabis y THC –como sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar–, con fines recreativos, respetando de esta manera el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

Para ello, la Secretaría de Salud deberá emitir esas autorizaciones sólo a personas adultas y para el autoconsumo de cannabis y THC, pero no de otras sustancias. La Corte estableció que la Cofepris deberá establecer los lineamientos y modalidades para la adquisición de la semilla, en el entendido de que la autorización no podrá incluir en ningún caso la permisión de importar, comerciar, suministrar o cualquier otro acto de enajenación y/o distribución de tales sustancias.

El presidente del Senado, el legislador Eduardo Ramírez, de Morena dijo que la SCJN emitió una resolución con estricto apego a derecho, a la justicia social ’En el Senado siempre estuvimos a favor de la despenalización de la mariguana, tanto en la parte lúdica como en la parte medicinal. Por ello, la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es positiva para México’, argumentó

En 2019, la SCJN ordenó regular el consumo recreativo de la marihuana, al considerar inconstitucional su prohibición absoluta. Desde entonces, la iniciativa se encuentra estancada en el Congreso de la Unión.

Una primera versión del texto fue aprobada por el Senado en noviembre de 2020, pero en marzo de este año fue modificada por la Cámara de Diputados y regresó a la Cámara Alta.

El Senado tenía hasta el 30 de abril para decidir si ratificaba las modificaciones que mandaron los diputados o si mantenía su propuesta original, pero, al no estar de acuerdo con lo enviado por la Cámara, el asunto no llegó al pleno.Con información de CONTRALÍNEA

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