Sigue el cochinero en el Sistema Estatal Anticorrupción de Hidalgo


La quinta integrante del Comité de Participación Ciudadana (CPC) del Sistema Estatal Anticorrupción es esposa de un funcionario del ITAIH, donde ahora labora la exconsejera presidenta del CPC, habiendo conflicto de interés

Sigue el cochinero en el Sistema Estatal Anticorrupción de Hidalgo


Política
Enero 20, 2021 04:51 hrs.
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Emmanuel Ameth › Emmanuel Ameth Noticias

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La Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana (CPC) del Sistema Estatal Anticorrupción (SEA) de Hidalgo, avaló la designación de Lucero Calderón Hernández para el periodo 2021-2026, quien tendría conflicto de interés al ser esposa de Raúl Kennedy Cabildo, comisionado del Instituto de Transparencia de Hidalgo.

La irregularidad fue denunciada por la organización Defensa Integral en Derechos Humanos de Hidalgo (Defiendehh), así como la Federación de Colegios y Barras de Abogados de Hidalgo.

Lucero Calderón pudo cometer otro conflicto de interés al ser actualmente funcionaria de la Contraloría de Hidalgo desde marzo de 2020, teniendo cinco días hábiles para presentar su declaración patrimonial, fiscal y de interés.

La funcionaria recibió el ’espaldarazo’ de Myrna Moncada Mahuem, presidenta del Instituto de Transparencia en Hidalgo (ITAIH), misma donde labora Kennedy Cabildo, esposo de Calderón Hernández.

Pero la misma Moncada Mahuem llegó bajo un desacato judicial del Legislativo, pues había un proceso judicial que impedía la designación de los consejeros.

Por si fuera poco, cuando encabezó el CPC del Sistema Nacional Anticorrupción, omitió tener un conflicto de interés, pero era auditora externa del Gobierno de Hidalgo. Antes colaboró en la notaría No. 3 de Tepeji de Alejandro Habib Nicolás, actual ombudsperson -que también fue electo en el cargo pese al conflicto de interés de ser notario público-.

En el CPC Moncada Mahuem sirvió de tapadera, pues dejó cerca de 400 asuntos sin resolver, otra cantidad menor en la que exoneró a funcionarios de haber cometido actos de corrupción y sólo una recomendación vinculante y una denuncia presentada por posibles hechos constitutivos de delito ante la fiscalía especializada en materia de corrupción estatal.

Según el Artículo 17 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción, si bien la condición de ciudadano no se pierde al ser servidor público, el espíritu del CPC no es el de tener a exfuncionarios -o funcionarios en activo al momento de su postulación-, sino a perfiles de notada probidad impulsados por universidades, institutos de investigación, y por las mismas organizaciones especializadas de la sociedad civil, precisamente para evitar conflictos de interés.

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