En Hidalgo ya se podrá registrar primero el apellido materno


El Congreso local aprobó una reforma a la Ley de la Familia para permitir modificar el orden de apellidos

En Hidalgo ya se podrá registrar primero el apellido materno
Política
Octubre 14, 2020 15:07 hrs.
Política ›
Redacción › Emmanuel Ameth Noticias

2,612 vistas

Mediante un amparo que llevó a un juicio de cinco meses, una pareja de periodistas registraron a la primer menor de edad hidalguense de nombre Lucía Ángeles Godínez, con la modificación de apellidos, teniendo en primer término el apellido materno y en segundo término el paterno; sin embargo a partir de ahora el Congreso local aprobó una reforma que permita modificar el orden de apellidos sin tener que realizar un juicio.

Tras encontrar una serie de negativas en los registros civiles de Actopan, El Arenal y Pachuca, iniciaron un amparo en contra de la Dirección del Registro del Estado Familiar del Estado de Hidalgo, hasta haber logrado el 23 de marzo el registro.

El Congreso de Hidalgo aprobó con 23 votos a favor los diputados locales aprobaron las reformas a la Ley de la Familia del estado de Hidalgo con lo que los progenitores o adoptantes podrán elegir el orden de los apellidos de sus hijos al momento de registrarlos.

La diputada María Luisa Pérez Perusquía señaló que el acta de nacimiento se inscribirá con la asistencia de dos testigos que puedan ser designados por las partes interesadas y contendrá: nombre, año, mes, día, hora y lugar de nacimiento, el sexo de quien se presenta sin que por motivo alguno pueda omitirse la razón de si es presentado vivo o muerto y se tomará la impresión digital de quien se presenta.

Precisó que tratándose del nombre de quien se registra, este se formará con el o los nombres propios y los apellidos en el orden en que las o los presentantes determinen, inscribiéndose en el acta de nacimiento el método utilizado.

Así ambos progenitores, madres o padres y en su caso ambos adoptantes, pueden escoger de común acuerdo y mediante escrito el orden en que se colocarán los apellidos cuando solo acuda la o el progenitor que tenga la voluntad parental será quien determine el orden de los apellidos.

Además, cuando solo sea una de las partes –de los progenitores o adoptantes– quien se presente ante el Oficial del Registro del Estado Familiar y solicite que en el acta de nacimiento se incluya la voluntad parental de otra persona la solicitud deberá acompañarse con carta poder firmada por ambas partes en la que exprese el consentimiento del orden de los apellidos además de presentar identificación oficial. De no cumplirse con este requisito deberán acudir ante Registro del Estado Familiar para que se realice el registro correspondiente.

Pérez Perusquía puntualizó que de no existir acuerdo entre progenitores y adoptantes, el Oficial del Registro del Estado Familiar determinará el orden.

’En caso de reconocimiento judicial, la jueza o el juez serán los que decidirán el orden que deban llevar los apellidos debiendo escuchar a las partes’, agregó la legisladora local.

Subrayó que el orden de los apellidos del primer hijo o hija será el mismo para los demás descendientes del mismo vínculo, aun cuando los progenitores y adoptantes se encuentren en proceso de divorcio o separación. Una vez registrada la niña o el niño se le deberá asignar la Clave Única de Registro de Población.

Las reformas establecen que el orden de los apellidos del primer hijo o hija será el mismo para los demás descendientes del mismo vínculo, incluso si los padres o adoptantes están en proceso de divorcio o separación. Una vez registrada la niña o el niño se le deberá asignar la Clave Única de Registro de Población (CURP).

En abril de 2019 los diputados locales ya habían aprobado las reformas para que los padres pudieran elegir el orden de los apellidos, sin embargo, un mes después, el gobernador Omar Fayad regresó al Congreso el decreto para evitar acciones de inconstitucionalidad pues la Suprema Corte de Justicia de la Nación antes resolvió en un caso distinto que no se había reconocido a las personas que forman una familia homoparental.

Tras ello la Segunda Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales analizó nuevamente la reforma para realizar las adecuaciones de inclusión, dictamen que se presentó este martes y fue aprobado desde el Pleno.

Ver nota completa...

Escríbe al autor

Escribe un comentario directo al autor

Suscríbete

Recibe en tu correo la información más relevante una vez al mes y las noticias más impactantes al momento.

Recibe solo las noticias más impactantes en el momento preciso.


En Hidalgo ya se podrá registrar primero el apellido materno

Éste sitio web usa cookies con fines publicitarios, si permanece aquí acepta su uso. Puede leer más sobre el uso de cookies en nuestra política de uso de cookies.