Destacó que todas las personas trabajadoras tendrán derecho a recibir, a fin de año, un aguinaldo que podrá ser equivalente a 15 días de salario, como mínimo, tras haber laborado durante un año en el centro de trabajo.
Precisó que en el caso de quienes no hayan cumplido el año de servicio, sin importar que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo trabajado.
El secretario subrayó que la ley establece que es una obligación del empleador pagar el aguinaldo en tiempo y forma ya sea en depósito bancario o efectivo, pero en ningún caso el pago podrá ser en especie o parcial. En caso de incumplimiento, de manera completa o extemporánea, el patrón se hará acreedor a una multa.
Recordó que el objetivo de la institución no es sancionar, sino apoyar al sector empresarial, para que cumpla con los derechos de las y los trabajadores; así como asesorarlos en caso de dudas.
Agregó que en caso de que las y los trabajadores tengan duda sobre el pago del aguinaldo, pueden acercarse a la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo ubicada en carretera Pachuca- Cd Sahagún, No. 1955, Parque Industrial Canacintra, Mineral de la Reforma, tercer piso, para recibir asesoría personalizada.
También pueden acudir al Centro de Conciliación Laboral del Estado de Hidalgo, ubicado en avenida Benito Juárez, No. 394, Ex Hacienda de la Concepción, San Agustín Tlaxiaca o llamar a los teléfonos 771 688 56 20 y 771 688 60 19, puntualizó.