El TEPJF, que removió candidatos en Michoacán y Guerrero, es un cochinero


El TEPJF sancionó a seis funcionarios públicos en promedio por año, entre 2016 y 2020. En lo que va del año en curso, en cambio, el reporte de procesos sancionatorios fue suspendido por la pandemia.

El TEPJF, que removió candidatos en Michoacán y Guerrero, es un cochinero
Política
Agosto 10, 2021 17:52 hrs.
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Efrén Flores | SIN EMBARGO › Emmanuel Ameth Noticias

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El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, aseguró que el nombramiento del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera como presidente interino del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), resolvió en definitiva la crisis institucional que vivió ese órgano jurisdiccional.

’El diálogo es la vía privilegiada para resolver los conflictos. La crisis en el TEPJF ha sido superada. Reconozco a las y los magistrados su institucionalidad. Les reitero mi agradecimiento por su confianza. Espero que sea el inicio de una nueva etapa de unidad en bien de México’, dijo esta mañana el ministro a través de su cuenta de Twitter.

Al respecto, en su conferencia de prensa esta mañana en Palacio Nacional, el presidente Andrés Manuel López Obrador dijo no coincidir con el ministro Zaldívar en que ya quedó solucionada la crisis en el Tribunal, pues consideró que esto sólo podría ocurrir si renuncian y se renuevan a todos los magistrados actuales.

’No, porque está bien el tribunal. No han demostrado actuar con rectitud. A mi me decepcionaron y tengo pruebas: cuando resolvieron cancelar las candidaturas en Michoacán y Guerrero. Actuaron bajo consigna, no actuaron como jueces. (…) Ya no les tengo confianza, lo mejor es una renovación, porque la democracia tiene que estar en manos de gente incorruptible, honesta’, sostuvo.

’Actuaron bajo consigna, no actuaron como jueces, incluso cayeron en contradicciones garrafales, nada más que ya no hay ninguna otra instancia".

Primero dijeron que la sanción del Instituto Electoral era excesiva y que no se le podía quitar la candidatura al aspirante de Michoacán y al de Guerrero (ambos de Morena).

El asunto fue devuelto al INE, ahí endurecen la sanción al agregarle dolo, y al regresarlo al Tribunal ’ellos, en franca contradicción a su primera resolución, deciden quitarle las candidaturas al aspirante de Guerrero y de Michoacán.

El TEPJF sancionó a seis funcionarios públicos en promedio por año, entre 2016 y 2020. En lo que va del año en curso, en cambio, el reporte de procesos sancionatorios fue suspendido por la pandemia.

Hasta el año pasado, la mayor parte (78.6 por ciento) de las sanciones administrativas fue impuesta porque los empleados del Tribunal presentaron de manera extemporánea su declaración de situación patrimonial. Por esta omisión, el TEPJF impuso 13 amonestaciones públicas y nueve apercibimientos privados.

El resto de los casos —que implicó cinco inhabilitaciones para desempeñar cargos públicos, además de una suspensión temporal del empleo— tuvo como causantes de sanción irregularidades contractuales con probable daño al erario, así como negligencia e incumplimientos de función, además de falta de rendición de cuentas.




Sólo en lo que va del actual sexenio, el TEPJF inhabilitó a seis funcionarios públicos.

En 2019, por ejemplo, dos jefes de la Unidad de Control de Obras y Conservación fueron inhabilitados por seis y nueve meses, ya que junto con un director de área que fue suspendido por una quincena, ’actuaron con notorio descuido en el desempeño de sus funciones, incurrieron en actos que causaron deficiencia del servicio que se les encomendó, omitieron rendir cuentas sobre el ejercicio de sus funciones e incumplieron disposiciones administrativas relacionadas con el servicio público’, se lee en el expediente TEPJF-CI-UR-PA-021/2016.

Asimismo en 2020, el TEPJF inhabilitó por 13 años a tres funcionarios públicos que omitieron cumplir con procedimientos contractuales en beneficio de una empresa privada (Diseño, Ingeniería y Manufacturas, S.A. de C.V.) que también fue inhabilitada (3.8 años) en 2020 por la Secretaría de la Función Pública (SFP), por incumplimientos contractuales en contra del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Como consecuencia de los actos de los tres funcionarios, el Tribunal reportó un probable daño al erario por 1 millón 645 mil 223.25 pesos, así como una multa de 1 millón 661 mil 675.48 pesos en contra de los funcionarios públicos, que corresponde al monto del daño más el uno por ciento de este, de acuerdo con el expediente TEPJF-CI-UR-PA-014/2014.

Por su parte, la empresa Diseño, Ingeniería y Manufacturas podría ser obligada a la ’devolución del pago de lo indebido’, ya que el dinero que recibió en 2012 como parte de la ’obra civil e instalaciones electromecánicas para la ampliación y adecuación de la Sala Regional Monterrey’ (SS/57-11) no tuvo justificación legal, toda vez que le fueron pagados ’gastos administrativos extraordinarios’ sin que los funcionarios públicos responsables revisaran y supervisaran la existencia de los mismos antes de dar su visto bueno para la aprobación del pago.

En los últimos cinco años hubo 28 funcionarios públicos del TEPJF que fueron sancionados por faltas administrativas graves y no graves. En 2016 fue registrado el mayor número de empleados advertidos o amonestados por incumplir con alguna disposición legal. Entonces hubo registro de nueve apercibimientos privados y seis amonestaciones públicas, todas por presentar declaraciones patrimoniales fuera de tiempo.

’Tanto el apercibimiento y la amonestación pueden ser privado o público, entendiéndose por privado el apercibimiento o amonestación que realiza la autoridad en forma verbal, quedando únicamente constancia documental de su imposición por considerarlo conveniente en el expediente del servidor público sancionado, en virtud de la escasa importancia del asunto, en tanto que será público, cuando la autoridad que estima la responsabilidad incurrida amerita que el apercibimiento o la amonestación deban quedar por escrito e integrados al expediente que corresponda […] con la finalidad de que la sanción quede inscrita en el registro’, refiere al respecto un documento oficial.

Al año siguiente, el Tribunal impuso siete amonestaciones públicas por el mismo hecho; y un año después, cuando concluyó el último Gobierno priista de la mano del expresidente Enrique Peña Nieto, el TEPJF no registró funcionarios sancionados.

Después ocurrió la inhabilitación de cinco empleados y la suspensión de uno más entre 2019 y 2020 por irregularidades contractuales con probable daño al erario, así como por negligencia e incumplimiento en el desempeño de funciones, además de falta de rendición de cuentas.

Posteriormente, en lo que va de 2021, el TEPJF repitió la falta de registros observada en 2018, pero esta vez a causa de la pandemia.

’Dada la contingencia sanitaria causada por el COVID-19, en su acuerdo TERCERO [el TEPJF] suspendió los plazos y términos que en materia administrativa tienen lugar en el ejercicio de las funciones de la Contraloría Interna, Visitaduría Judicial y Dirección General de Investigación de Responsabilidades Administrativas hasta que esta Comisión de Administración lo determine. En consecuencia, en el periodo que reporta [enero-junio de 2021] no se publica información relativa el listado de servidores públicos sancionados por parte de está Contraloría Interna’, refiere la dependencia del Poder Judicial.

La información disponible para el periodo 2016-2020 indica que en ese lapso, el 64.3 por ciento de las irregularidades cometidas y sancionadas involucraron a secretarios y jefes de departamento o de unidad. A ellos siguieron subdirectores y directores de área, que concentraron el 17.8 por ciento de las sanciones impuestas. El resto de los amonestados (17.9 por ciento) incluyó penas o advertencias en contra de empleados auxiliares y asesores, e incluso actuarios.

En lo que respecta a las áreas de adscripción de los funcionarios públicos sancionados, la mayor parte (46.4 por ciento) provino de alguna de las salas del Tribunal, entre ellas la Sala Regional de Guadalajara que acumuló el mayor número de empleados sancionados, con cinco casos en un periodo de cuatro años.

Después de la salas, el área de adscripción con más sancionados fue la Unidad de Control de Obras y Conservación, que acumuló siete casos, entre ellos el del probable daño al erario por más de 1.6 millones de pesos.

El TEPJF volvió a ser objeto de escrutinio público después de que la Fiscalía General de la República (FGR) reactivara la carpeta de investigación en contra del Magistrado José Luis Vargas Valdez.

El 12 de julio de 2021, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) presentó una segunda denuncia en contra del abogado, por el presunto delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Vargas Valdez y algunos de sus familiares fueron relacionados con transacciones sospechosas por 106 millones 915 mil 433 pesos que incluyen el uso de supuestas empresas fantasma y cuentas bancarias en el extranjero. Esta cantidad de dinero se suma al monto denunciado por la UIF el 19 de febrero de 2020, por 36 millones 487 mil 433 pesos que corresponden, entre otras cosas, a presuntas operaciones irregulares vinculadas con la compraventa de bienes inmuebles.

De acuerdo con la UIF, las transacciones —que suman un total de 143 millones 402 mil 866 pesos— no coinciden con los ingresos reportados por Vargas Valdez ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Sólo entre 2013 y 2018, a la par en que el Magistrado del TEPJF habría realizado transacciones por casi 36.5 millones de pesos, sus declaraciones de impuestos ante el fisco registraron ingresos por 16 millones 744 mil 264 pesos, o el equivalente al 45.9 por ciento de las citadas transacciones.

El expresidente del TEPJF, destituido por sus pares como cabeza de la Sala Superior del tribunal a nueve meses de haber iniciado su cargo, aunque reportó tener múltiples ingresos a lo largo de los años, estos no alcanzan —según la UIF— para justificar las transacciones millonarias a las que está ligado.

Ejemplo del nivel de ingresos de Vargas Valdez quedó asentado en la última declaración patrimonial disponible (2020) que presentó. De acuerdo con este documento, el Magistrado reportó ingresos anuales netos por cargo público por un monto de 4 millones 519 mil 924 pesos, así como 381 mil 931 pesos por arrendamientos, además de ingresos con monto no referido en la versión pública de su declaración patrimonial, por concepto de ’otros ingresos’ y por actividad financiera.

El caso del Magistrado Vargas volvió a poner el dedo en la yaga de la máxima autoridad electoral en México: dentro del Tribunal existe una serie de irregularidades que ocurren por actos u omisiones de funcionarios públicos, que están ligadas o no a su desempeño en el cargo y que son meritorias o no de sanciones de responsabilidad administrativa, pero que ponen en duda la honorabilidad de los integrantes del TEPJF y su capacidad de impartición de justicia.

Sin embargo, las irregularidades van más allá de los funcionarios públicos, toda vez que también son posibles por las deficiencias de control y prevención en los procesos ordinarios del tribunal.

Como ejemplo están algunos de los señalamientos de la Auditoría Superior de la Federación (ASF) cuyos reportes, aunque no refieren registro de probables daños al erario por parte de funcionarios del TEPJF en 2000-2020, y a pesar de que indican que en lo general la institución electoral cumple con las disposiciones normativas aplicables al ejercicio, registro y control de los recursos que utiliza, no obstante, reconoce que han habido inconsistencias relacionadas con el manejo de contratos públicos.

De las siete auditorías al Tribunal (2003, 2005, 2007, 2009, 2012, 2013 y 2015) hay dos (2003 y 2013) que refieren falta de aplicación de normas que implican deficiencias operativas.

En la Cuenta Pública de 2003, la ASF señaló que el Tribunal no cumplió con las disposiciones normativas al no reintegrar a la Tesorería de la Federación (Tesofe) los recursos no ejercidos al cierre del ejercicio y por otorgar una compensación especial por 609 mil 600 pesos, ’la cual no corresponde con lo que autorizó la Comisión de Administración’.

Dicha compensación correspondió a la realización de un estudio para analizar la ’Naturaleza jurídica de los Órganos Colegiados de administración en los entes públicos’. El problema —de acuerdo con la ASF— fue que el prestador de servicios y beneficiario de la compensación era integrante de la Comisión de Administración del TEPJF, y como tal, ’firmó de aceptación el Acuerdo para su contratación, por lo que existe un conflicto de intereses’.

Además, la ASF señala que el contrato de ’compensación especial por única vez’ fue suscrito sin que existiera para ello ’un presupuesto aprobado, en el que además se estableciera el contenido del trabajo a desarrollar’, se lee en el apartado de observaciones de la acción promovida número 03-03210-2-282-03-002.

Otra de las irregularidades detectadas por la ASF fue reportada en la Cuenta Pública de 2013. Ese año, la Auditoría señaló la adjudicación indebida de un contrato relacionado con la licencia de derecho de uso de un software contable por un monto de 19 millones 463 mil 900 pesos, ya que ’la información que entregó el proveedor para el cumplimiento de las bases de licitación no fue fidedigna’.

En ese sentido, el problema fue que el tribunal no corroboró la información antes de adjudicar el contrato. Hasta el momento de realización de aquella auditoría, el programa por el que se pagó continuaba ’sin resultados’, toda vez que no se había logrado ’la implementación en su totalidad en las entidades públicas ofrecidas por el proveedor’, como consta en la Auditoría Financiera y de Cumplimiento número 13-0-03210-02-1424GB-012.Efrén Flores | SIN EMBARGO

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