Desde Salinas, las mineras pueden contaminar con plena impunidad; busca cambiarse


Organizaciones y expertos en materia consideran que la Ley Minera ha sido una de las más neoliberales y carece de regulaciones estrictas en materia de impacto ambiental, en deterioro de las comunidades mexicanas

Desde Salinas, las mineras pueden contaminar con plena impunidad; busca cambiarse


Política
Abril 14, 2023 03:16 hrs.
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SIN EMBARGO › Emmanuel Ameth Noticias

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El 55% de las operaciones mineras metálicas en México carecen de reportes públicos sobre emisiones y contaminantes en un periodo de 17 años. Además, el 38% de estas operaciones no tienen información sobre Evaluación de Impacto Ambiental o se les ha negado el trámite, expuso una investigación de Cartocrítica.

Situaciones como ésta han llevado a estas organizaciones y a expertos en la materia a pedir al Congreso de la Unión aprobar el paquete de reformas en materia minera enviado por el Presidente Andrés Manuel López Obrador a finales de marzo, pues consideran que la Ley Minera actual ha sido una de las más neoliberales y carece de regulaciones estrictas en materia de impacto ambiental y en deterioro de las comunidades mexicanas.

Las reformas propuestas a las leyes Minera; de Aguas Nacionales; del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos; contemplan que las concesiones tengan una duración de 15 años en vez de 50, y sean prorrogables sólo por un periodo extra sujeto al cumplimiento de las regulaciones en la materia. Es decir, las empresas mineras podrían operar por un máximo de 30 años, en vez de los 100 previstos en la Ley Minera.

A partir de la reforma a la Ley Minera que en 1992 impulsó el entonces presidente Carlos Salinas de Gortari en materia de concesiones, comenzó el reparto del territorio con riquezas minerales entre unos cuantos, especialmente empresas extranjeras, situación que se acrecentó a partir de 2000 y hasta 2018, con los gobiernos de los partidos Acción Nacional (PAN) y Revolucionario Institucional (PRI), resaltó Napoleón Gómez Urrutia, senador de Morena.

La nueva legislación incorpora, además, de manera obligatoria la realización de una consulta previa, libre e informada por parte del Estado mexicano para que los pueblos indígenas y afrodescendientes tengan una participación en decisiones que afectan a sus comunidades y, en caso de que estén de acuerdo con la explotación minera en la región, tengan un dicho en las regalías que obtendría por la actividad económica, que no puede ser menor al 10 por ciento de las ganancias.

’El cambio importante en esto es que genera competencia para otorgar una concesión, y antes de que se abra el proceso de licitación se hace una consulta para la obtención del consentimiento previo, libre e informado de pueblos indígenas y afrodescendientes; además que quien gane la licitación no se convierte automáticamente en concesionario, sino que tiene que cumplir con una serie de permisos en materia de impacto ambiental’.

Peláez enfatizó que la reforma contempla que estas consultas a pueblos indígenas y afrodescendientes se realicen previo a la licitación y por lo mismo permite que no haya empresas que empiecen a intervenir o buscar a ejidatarios o comuneros para intentar de convencer a miembros de la comunidad de manera extraoficial.

De acuerdo con información contenida en el proyecto enviado por el Ejecutivo federal al Congreso de la Unión, 3 mil 036 concesiones mineras al 2019 ocupaban territorios indígenas.

Se ha documentado ampliamente que la actividad minera en comunidades puede resultar en conflictos socioambientales, mientras que ambientalistas que se han opuesto a ésta han sido atacados e incluso han sido desaparecidos o hallados sin vida, como fue el caso reciente de Eustacio Alcalá en Michoacán, reportado como desaparecido el 1 de abril y encontrado muerto cinco días después.

’En el artículo 2 de la Constitución mexicana se reconocen los derechos de pueblos y comunidades indígenas de decidir sobre su territorio, está también incluido en convenciones internacionales firmadas por México como el Tratado 169 de la Organización Internacional del Trabajo, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; entonces la Ley Minera vigente contradice esta legislación, que es del mayor nivel’, expuso al respecto la doctora Leticia Merino, académica del Instituto de Investigaciones Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México (IIS-UNAM). ’Esta iniciativa presidencial justamente reconoce y es coherente con el rango constitucional que tienen estos derechos. Sin duda, es un paso muy importante’.

’Hay un cambio de 180 grados a una ley profundamente abusiva, una ley que ha generado muchas tragedias humanas, muchos desplazados, mucha destrucción ambiental, muchos problemas de salud pública, de enfermedades neurodegenerativas, de cánceres, y todo está documentado’.

Esta semana, la calificadora Moody’s indicó que de ser aprobada la propuesta de reformas, se aumentaría la carga regulatoria de los productores y podría forzar a empresas mineras a buscar otros países para invertir. Opositores a la iniciativa han indicado que estas medidas podrían desalentar la inversión del sector minero en México, lo cual no sólo resultaría en menos empleos, sino afectaciones a la contribución de este sector al Producto Interno Bruto del país.

Sin embargo, Merino recalcó la importancia de que exista una regulación para que no persistan infracciones a la Constitución mexicana, que ya contempla el derecho a los pueblos indígenas a decidir sobre sus tierras; a los convenios internacionales suscritos por México, ni las violaciones a derechos humanos.

’Moody’s decía que si (…) México iba a dejar de ser un lugar atractivo para la inversión minera. Pero ahorita es un lugar atractivo para la inversión minera porque no tiene límite, porque la ley permite especular y no consultar a los dueños del territorio’, expuso la académica. ’Yo no creo que queramos ser un lugar atractivo para la inversión a costas de violar la ley y los derechos humanos’.

’Indudablemente ha habido un saqueo, pero además ha habido mucha violencia, Ha habido un despojo de la gente de sus tierras, de sus aguas, de sus propios medios de vida y de su salud. Entonces, no es que se lleven nuestros minerales, que sí es un tema, pero yo creo que el tema más fuerte es que se despoja, se destruye, se mata, y eso es legal en el marco de la Ley Minera actual’.

Además, indicó que las cifras utilizadas por detractores de la iniciativa son inexactas o son ’infladas’. ’Se manipulan mucho las cifras. Se dice repetidamente que la minería contribuye con el 2.85 por ciento del PIB y con cerca del 3 por ciento del empleo, y lo que sucede es que se confunde todo lo que son industrias extractivas con minería metálica, que lo que sí es el 2.80 por ciento del PIB y el 3 por ciento de los empleos es toda la extracción, pero aquí lo que pesa más es la extracción de hidrocarburos’, aclaró Merino.

’Ellos engordan los datos. El PIB sería del 1 por ciento, creo que del 0.95 por ciento 2021 y el empleo generado es alrededor del 1 por ciento. Además, la mitad de los empleos se dan por outsourcing, cuando es la actividad más riesgosa; la mayor parte de las muertes en el trabajo ocurren en la minería y la minería tiene a la mitad de sus trabajadores sin derechos laborales y sin prestaciones laborales’.

El análisis realizado por Cartocrítica y presentado este martes halló que en el periodo de 2004 a 2020, el 55 por ciento de las operaciones mineras no tenían ni un sólo registro sobre emisiones al aire, sobre transferencia de contaminantes al agua, transferencia de contaminantes al suelo y sobre contaminantes en manejo o disposición final.

De acuerdo con el marco legal vigente, las actividades económicas con emisiones contaminantes deben emitir un reporte anual, publicado en el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC), sobre qué sustancia y en qué cantidad es emitida derivado de sus operaciones, lo cual significa que las empresas mineras están sujetas a esta obligación.

El investigador Manuel Llano de Cartocrítica puntualizó que el análisis hecho fue realizado a partir de información disponible en bases de datos oficiales de dependencias como la Secretaría de Economía, el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi), el RETC, entre otros.



Actualmente, el 23 por ciento de las operaciones mineras metálicas en producción no cuentan con información sobre los depósitos de jales que tienen, siendo que las operaciones de fierro y otros eran las principales infractoras.

Además, el 62 por ciento de las operaciones no tenían una concesión de aprovechamiento de agua. La legislación actual en la materia permite que las empresas con concesiones mineras hagan uso del agua que se encuentre en el terreno concesionado sin necesidad de reportar el volumen utilizado, por lo cual no todas las empresas cuentan con una concesión de agua aparte. La mayoría, precisamente el 72 por ciento, de las operaciones se realizaron sin un permiso de descarga de aguas residuales.

Con respecto a otros tipos de requisitos, la organización identificó que 51 por ciento de las operaciones mineras metálicas trabajan en acuíferos sin disponibilidad de agua, incluidas 51 operaciones en acuíferos sobreexplotados. Dos terceras partes de los proyectos que se realizan en acuíferos que no tienen disponibilidad de agua o están sobreexplotados no tienen una concesión de agua.SIN EMBARGO

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