Dejará alcoholímetro de ser caja chica para ayuntamiento de Pachuca


Con la nueva disposición, que reduce las sanciones e incluso ofrece la posibilidad de conmutación por trabajo comunitario, habrá menos incentivos para la corrupción y ello también disminuirá los accidentes de tránsito terrestre causados por el influjo de alcohol

Dejará alcoholímetro de ser caja chica para ayuntamiento de Pachuca


Seguridad
Septiembre 02, 2024 01:42 hrs.
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Emmanuel Ameth › Emmanuel Ameth Noticias

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La administración del aún alcalde Sergio Baños Rubio decidió reformar el Reglamento de tránsito y vialidad del municipio de Pachuca, destacando los cambios en materia de sanciones por alcoholímetro, operativo que durante años benefició la caja chica de los gobiernos pripanistas.

Y es que en su anterior versión, bastaba que se rebasara el indicador de 0.040 miligramos por litro de aire expirado para que se aplicara una sanción de más de 12 mil pesos a los presuntos infractores (aunque podía superar los 37 mil pesos), lo que lejos de inhibir la conducta, promovía 1. La injusticia al multar de igual manera a las personas independientemente del indicador reflejado en aparatos, y 2. La corrupción de los elementos que solicitaban sobornos para que los automovilistas no fueran acreedores a la sanción que rebasaba los 14 mil pesos, dados los costos por arrastre y corralón del automotor.

Fue la corrupción lo que provocó que hubiera más accidentes mortales, pues lejos de inhibir, la presencia de sobornos incentivó el conducir en estado alcoholizado, lo que a su vez incrementó el número de accidentes terrestres mortales.

Los efectos del programa alcoholímetro en accidentes

De acuerdo con las cifras oficiales de accidentes de tránsito terrestre dadas a conocer por el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi), entre 2010 y 2012 promediaron 1 mil 041 accidentes anuales, causando una media de 33.3 heridos y de 12.77 defunciones.

Sólo en el 6% de los heridos se encontró aliento alcohólico así como sólo en el 3% de las defunciones.




En los 3 años previos a esta modificación, es decir, entre 2021 y 2023, dos datos llamaron la atención. El primero es que el total de accidentes se redujo a sólo 414, es decir, una baja del 60.3%; pero el segundo dato, que es el que llama la atención sin embargo, es que la media anual de heridos subió, con una cifra de 51.7 anuales.

También, la presencia de a liento alcohólico subió a 17.6% en cuanto a los heridos y al 39.7% en cuanto a los muertos en accidentes de tránsito terrestre, siendo la proporción 3 y 10 veces más grande, respectivamente, que antes de la implementación del programa alcoholímetro.

Las cifras anteriores quieren decir que para el grueso de la población, el programa inhibió el conducir bajo el influjo de bebidas alcohólicas, reduciendo los accidentes, logro plausible. El problema está en que aumentaron los accidentes mortales y se encontró mayor presencia de aliento alcohólico, es decir, que en los retenes fueron liberadas personas que venían en estado alcoholizado mediante sobornos, además de que promovieron que las mismas condujeran en dicho estado pero en diferente horario o mediante rutas alternas, con lo cual ya no serían detectadas pero aumentaron el peligro de colisionar.

En pocas palabras, la política que tuvo a bien reducir los accidentes, se vio enlodada con la presencia de la corrupción que provocó que ahora los accidentes fueran más mortales.


La explicación científica de la Teoría de Juegos sobre el efecto negativo del aumento de las sanciones

Para aproximarnos a una explicación que revele el porqué del comportamiento anterior, nos referiremos a los trabajos de Louis Visscher (Países Bajos) y de Mauricio Cano Del Valle | Agustín Cano Garcés (México) en modelos de aproximación de Teoría de Juegos.

Hay dos tipos de actores en el modelo, a saber, el conductor y las autoridades, mismos que interactúan después de que el primero de ellos incurrió en la ingesta de bebidas alcohólicas.

El conductor, habiendo ingerido bebidas embriagantes, tiene dos alternativas: dejar su automóvil, evitando de antemano ser detenido, o llevárselo y arriesgarse a ser detenido en un retén. Aunque dejar su automóvil y procurarle un lugar seguro para irlo a recoger otro día le representa un gasto, es mucho menor que al que incurriría de ser sancionado por el alcoholímetro, si bien evalúa en ese tenor la probabilidad de ser sorprendido.

La autoridad que realiza retenes por su parte, evalúa el incentivo de sancionar conforme la Ley, o bien, de olvidarse de realizar el papeleo y pedir un soborno, mismo que no reportaría, pero donde tendría riesgo de ser descubierto y removido de su cargo.

Bajo la lógica anterior se daría un equilibrio temeroso, de Nash, pues ninguno de los actores estaría lo suficientemente incentivado como para actuar contra la norma.

El problema está en que el reglamento, así como estaba, rompía el equilibrio.

Porque elevar la sanción mínima no desincentivaba de manera lineal el cometer una conducta no permitida, sino que por el contrario, solamente provocaba que creciera la corrupción.

Si en el reglamento la sanción fuera “justa”, como se propone en las nuevas disposiciones, el policía estaría más incentivado a realizar multas pues de ellas obtendría un beneficio que no se compararía con el de romper el reglamento. Sin embargo, al hacerlas tan altas, son de mayor dificultad para ser aceptadas por ambas partes (llevándolos a la intervención de terceros), con lo que el automovilista preferiría dar un soborno en lugar de aceptar la infracción.




Tan se “institucionalizó” lo anterior, que los comandantes a cargo de los operativos pedían “cuotas” a los elementos para que contribuyeran a la “caja chica” con cierto número de mordidas y otras más eran directamente para ellos.

Lo anterior explica que por concepto de multas por alcoholímetro, las arcas del ayuntamiento no reflejaran las verdaderas sanciones implementadas y que, por otro lado, los automovilistas tuvieran otro árbol de elecciones, distorsionado, al original:

Si procura un lugar seguro para su auto y regresa al día siguiente, le generará un gasto. Si se lo lleva y se arriesga a ser sancionado, aprecia otro incentivo al existir “los sobornos”, pues su costo, si bien sería mayor el de dejar su vehículo, no es demasiado superior (como sí lo sería aplicar el reglamento) como para que tome el riesgo.

Tal rompimiento del equilibrio en el árbol de decisiones provoca estrategias donde tanto el conductor como la autoridad se ven más motivados a romper las reglas, lo que provoca que los accidentes sean más mortales, pues conductores que bajo otros escenarios serían más conscientes al dejar sus vehículos, prefieren llevárselos y ello aumento el riesgo e incidencia de accidentes de tránsito terrestre, pues les suceden antes (al intentar esquivarlos) o incluso después de haber pasado por un retén de alcoholímetro (tras pagar un soborno).


La sensibilidad en el influjo del alcohol

Si bien la concentración de alcohol en el flujo sanguíneo y/o en el aliento se debe a múltiples factores, las dos variables determinantes son el peso de la persona y la cantidad de bebida consumida (imágenes de alcoholemia.org).




Pese a lo anterior, de manera muy general se puede precisar que bastan sólo 2 copas de vino, cerveza o bebida preparada, en el lapso de una hora, para que la concentración se eleve hasta 0.043, lo que ya rebasaría el límite permitido y con lo que las personas se hacían acreedoras a una sanción de 12 mil 688 pesos.



Con una medida entre 0.43 y 0.49, aún no se presenta disminución significativa de reflejos, ni mareos, ni dificultades en la visión o la motricidad que sí se da en otras etapas; pese a ello, ya se era sujeto a una sanción. El nuevo reglamento corrige esas anomalías.

Las nuevas multas


Entre los 0.41 a 0.60 grados la sanción es de 25 a 30 UMA’s, es decir, de 2,700 a 3,240 pesos; durante esta etapa puede presentarse estupor.

Entre 0.61 a 0.80 grados la sanción es de 30 a 40 UMA’s, es decir, 3,240 a 4,320 pesos; aquí el cuerpo pasaría de la euforia a la sedación.

Entre los 0.81 y 1.0 grados la multa es de 40 a 50 UMA’s, es decir, 4,320 a 5,400 pesos; puede haber una reacción retardada.

De 1.01 a 1.2 grados son 60 a 70 UMA’s de sanción, es decir, de 6,480 a 7,560 pesos; se presenta habla inarticulada.

De 1.21 a 1.40 grados son 70 a 80 UMA’s de multa, es decir, 7,560 a 8,640 pesos: habría falta de coordinación e incluso podría haber vista nublada.

De 1.41 a 1.60 grados serán 80 a 90 UMA’s de multa, es decir, 8,640 a 9,720 pesos; se asocia con la lentitud de pensamiento.

Entre 1.61 a 1.80 grados son 100 a 120 UMA’s, es decir, 10,800 a 12,960 pesos; se presenta visión doble.

De 1.81 a 2.0 grados serán de 120 a 140 UMA’s, es decir, 12,960 a 15,120 pesos; se está a un paso del tercer grado de embriaguez.

De 2 o más grados la sanción es de 180 UMA’s, es decir, 19,440 pesos; se presentan dificultades para caminar, náuseas y vómitos.


Es así que además de reducirse las sanciones de las multas, por tratarse de un programa de prevención y no uno de meros fines recaudatorios, podrán conmutarse con la prestación de labores sociales y trabajo comunitario, lo que disminuiría la corrupción en las pruebas y con ello, se conseguiría reducir los accidentes de tránsito terrestre mortales.

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