El actual comisionado del Registro Agrario Nacional (RAN) en Baja California Eduardo Cota Osuna, concentra tierras en la cotizada zona vitivinícola del Valle de Guadalupe, con lo que excede lo permitido por la Constitución y la Ley Agraria Nacional.
Cota Osuna pertenece al ejido Emiliano Zapata Francisco Zarco, al noroeste del Valle de Guadalupe, una región que en los últimos años aumentó su plusvalía de manera considerable.
El funcionario federal está al frente de esa dependencia desde el verano de este año, periodo que coincide con las modificaciones a los títulos parcelarios que ahora le pertenecen, de acuerdo con documentación en poder de REFORMA.
Dicha información señala que el 4 de diciembre de 2018, Cota Osuna, identificado como ejidatario número 21, poseía apenas dos certificados parcelarios; para junio del 2019 se le habían sumado otros siete, a través de la cesión de derechos.
Los certificados comienzan con la numeración 17665 y 17666, en las parcelas 4 y 5 de dicho ejido. La extensión territorial del ejido es de aproximadamente 8 mil hectáreas.
Al cotejar esos derechos parcelarios con el plano interno del ejido, la irregularidad consiste en que el Comisionado concentra mil 342 hectáreas, es decir, 16.77 por ciento de las tierras.
En el artículo 27 de la Constitución, fracción VII, párrafo quinto, se establece que ningún ejidatario puede ser titular de más propiedad que la equivalente al 5 por ciento de las tierras ejidales.
Asimismo, el artículo 47 de la Ley Agraria Nacional, especifica que ningún ejidatario podrá ser titular de derechos parcelarios sobre una extensión mayor que la equivalente al 5 por ciento de las tierras ejidales.
Por otra parte, dentro de la propiedad del Comisionado del RAN en Baja California fue construido un camino de terracería y un restaurante, cuando el Ordenamiento Ecológico del Corredor San Antonio de las Minas-Valle de Guadalupe prohíbe más caminos sin permiso del Ayuntamiento.
En la página 107 del documento, punto número cinco, se establece que "no se permite el desarrollo de nuevos caminos, excepto los que permitan la integración de la región, de acuerdo con los planes de desarrollo vigentes, y cuya apertura debe estar autorizada por la autoridad competente'.