Presenta María Luisa Pérez Perusquía iniciativa para modificar el Código Penal y el Código de Procedimientos Penales de Hidalgo


La iniciativa fue en materia de desaparición forzada de personas. Corte Penal Internacional de derechos humanos ha reconocido este delito como uno de los doce crímenes de lesa humanidad

Presenta María Luisa Pérez Perusquía iniciativa para modificar el Código Penal y el Código de Procedimientos Penales de Hidalgo


Política
Marzo 22, 2019 22:37 hrs.
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COMUNICADO › Emmanuel Ameth Noticias

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COMUNICADO

La coordinadora del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional, María Luisa Pérez Perusquía, presentó ante el pleno una iniciativa para reformar el Capítulo Primero del Título Décimo Octavo y derogar el Artículo 322 TER del Código Penal para el Estado de Hidalgo, en materia de desaparición forzada de personas.

Pérez Perusquía señaló que ’La desaparición forzada de personas es uno de los crímenes más graves, con implicación en violaciones a los Derechos Humanos ya que atenta contra los derechos más elementales de las personas, lastima a las familias de las víctimas y daña el tejido social’.

Si bien, continuó la legisladora priísta, ’la desaparición forzada se presenta en diversas partes del mundo, en nuestro país es preocupante y alarmante, dando como resultado el agravar la crisis de los Derechos Humanos que México enfrenta’, expuso.

’Con respecto a México, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos estableció que la desaparición forzada ha alcanzado niveles estratosféricos’, refirió Pérez Perusquía.

’En enero de 2019, a través de datos proporcionados por el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, se habían contabilizado 40,180 personas desaparecidas, cifra que se sigue actualizando’.

Asimismo, explicó, ’la cantidad de casos o delitos cometidos sin resolver es grave; datos estadísticos proporcionados por la Organización de Estados Americanos establecen que el 98% de los delitos en México no llegan a tener una sentencia condenatoria, y dentro de ese porcentaje se incluyen casos de delitos de desaparición forzada sin resolverse’.

’El Estado mexicano no podía ser omiso ante esta problemática, por lo que, el 10 de julio de 2015, se publicó la reforma a la Fracción Vigésima Primera del Artículo 73 de la Constitución Federal para facultar al Congreso de la Unión a expedir leyes generales que establezcan como mínimo, el tipo penal y sus sanciones en materia de desaparición forzada de personas’.

Esta nueva facultad, enfatizó la diputada tricolor, ’está sustentada en que la conducta permanente o continua no es exclusiva de las entidades federativas, ya que ante la búsqueda de personas desaparecidas se puede concebir que pueden localizarse más allá del fuero común o local’.

Por ello, ’el Congreso de la Unión se asignó esta facultad exclusiva para que su aplicación sea en todo el territorio nacional, logrando así dar mayor certeza jurídica y protección a las víctimas y ofendidos, ya que es de señalar que dicha figura no se encontraba regulada en todos los estados de la República’.

En cumplimiento al mandato en los transitorios de la Reforma Constitucional al Artículo 73, el Congreso de la Unión ’aprobó la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, la cual entró en vigor a partir del 16 de enero de 2018, pasando a ser de aplicación y observancia general en todo el territorio nacional’.

Con respecto al estado de Hidalgo, informó la coordinaudel GLPRI, ’hay algunos avances de armonización y aplicación de la Ley General multicitada:’

El 8 de octubre de 2018 fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el Acuerdo 01/2018 por el que se crea la Fiscalía Especializada para la Investigación y Persecución de Delitos de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares’.

El día de ayer, 11 de marzo, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el Decreto que emite el Gobernador Fayad Meneses por medio del cual se crea la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de Hidalgo.

Estos avances son una muestra clara del interés que se tiene en Hidalgo por atender la problemática.

Como se desprende del análisis jurídico, legislar en materia de desaparición forzada de personas es competencia exclusiva del Congreso de la Unión.

Por lo expuesto, finalizó Pérez Perusquía, ’la presente iniciativa propone derogar del Código Penal para el estado de Hidalgo, el tipo penal de desaparición forzada de personas estipulado en el Artículo 322 TER, ya que con la entrada en vigor de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, el tipo penal mencionado queda inoperante por el ámbito de aplicación de la Ley General referida’.

La Iniciativa planteada por María Luisa Pérez Perusquía, se turna a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales.

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